Necesidad de viajar acompañado, con asistencia o persona de apoyo
Por razones de seguridad, debes viajar obligatoriamente con un acompañante mayor de 16 años si necesitas ayuda para:
- Comunicarte o comprender indicaciones del personal que afecten a la seguridad.
- Comer, beber o ir al baño durante el viaje.
- Transferirte desde una silla de ruedas/escúter a una butaca.
- Subir por las escaleras.
En cualquier caso, el acompañante deberá contar con el billete correspondiente y permanecer durante todo el trayecto con el viajero al que asiste.
Si tienes una discapacidad intelectual o del desarrollo, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, vas a poder viajar con tu persona de apoyo en el mismo autobús con algunos beneficios.
Tu persona de apoyo podrá viajar gratis contigo y tú tendrás un 15 por ciento de descuento en tu billete.
Este descuento vale para todos los recorridos que realiza Alsa en las concesiones CV-202 y CV-302.
Por ejemplo, cuando un billete cuesta 20 euros, tú solo pagarás 17 euros y tu acompañante viajará gratis.
Consulta la forma de solicitar este descuento.
Los perros de asistencia, incluidos perros de apoyo a personas con trastornos diabéticos y/o epilépticos, pueden viajar en el interior del autobús sin coste alguno y sin necesidad de reserva previa, con las siguientes condiciones:
- Deben sentarse en el suelo, a los pies del pasajero.
- Es obligatorio que el perro lleve su correa y toda su documentación, especialmente la que lo acredita como animal de asistencia, ya que puede ser requerida por el personal de Alsa en el momento del embarque.
- La acreditación que deben llevar estos es un carnet expedido por la Consejería competente, y un distintivo de identificación oficial que debe llevar el perro en un sitio visible.